La sección viguesa de la Audiencia de Pontevedra acogerá el próximo miércoles la audiencia preliminar del juicio oral contra un hombre acusado de proferir continuos insultos de carácter racista hacia una menor de edad que viajaba en el mismo autobús urbano en la ciudad de Vigo.
Ataque verbal en pleno trayecto de la línea 11
Según recoge detalladamente el escrito de acusación presentado por la Fiscalía, los hechos objeto de este procedimiento judicial ocurrieron el 4 de agosto de 2025. En esa fecha, el procesado y la víctima coincidieron a bordo de un vehículo de la línea 11 del servicio de transporte público vigués. Durante el trayecto, el hombre comenzó a dirigir diversos descalificativos y expresiones vejatorias hacia la joven, quien era menor de edad en el momento en que sucedieron los hechos y a la que no conocía con anterioridad de nada.
El acusado pronunció estos insultos e increpaciones en voz alta con la clara intención de que pudiesen oírlo claramente el resto de usuarios presentes en el vehículo. De este modo, durante el recorrido la insultó de forma reiterada haciendo referencia explícita a su color de piel, exclamando ante los presentes comentarios como «parece que voy en una patera» y amagando en diversas ocasiones con «llamar a la policía» por el mero hecho de tener que «viajar en estas condiciones».
Acoso tras descender del transporte y peticiones del Ministerio Público
La conducta hostil del acusado no cesó una vez finalizó el trayecto a bordo del transporte público. Tras apearse ambos del autobús urbano, el hombre continuó profiriendo graves insultos dirigidos a la joven de forma directa mientras la señalaba insistentemente con el dedo en la vía pública.
Por todo ello, el Ministerio Público considera que los hechos descritos en su escrito de calificación son plenamente constitutivos de un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas. Ante estos hechos, la representación de la Fiscalía solicita para el acusado una pena de un año y seis meses de prisión, una sanción económica de 3.600 euros de multa y la obligación de abonar una indemnización de 2.000 euros a favor de la víctima por los daños morales causados.
